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Actividades Formativas
Axencia de Coñecemento en Saúde Servizo galego de Saúde Consellería de Sanidade

CIC Condiciones inscripción ciudadano

Condiciones generales de inscripción

1. Quien se puede inscribir

Poderán participar en las acciones formativas del Plan AFEDAP todas/os las/los profesionaless que presten o prestaran servicios en las instituciones del Servizo Galego de Saúde, las/los aspirantes a las vinculaciones temporales en el ámbito de las instituciones del Servizo Galego de Saúde, al abrigo del pacto de selección temporal vigente en cada momento, así como el personal, integrado en el régimen estatuario, perteneciente a las agencias públicas sanitarias o empresas públicas asdcritas a la Consellería de Sanidade.

En el resto de actividades (incluyendo el PEF) poderán participar los mismos destinatarios además de otro personal, cuando así venga especificado en el anexo de cada acción formativa.

A las personas interesadas en participar en las actividades formativas deberían cumplir los requisitos exigidos para cada curso.

No poderán participar en las actividades formativas las persomas solicitantes incluídas en el listado de personal seleccionado que, al inicio del curso, estén en situación de baja laboral por incapacidad temporal. Esta incidencia la se la deberá comunicar, por escrito, a la persona afectada al ACIS, para los efectos de cubrir la vacante y evitar la penalización que comportaría su falta de comunicación, prevista en la cláusula sexta.

El personal que se encuentre gozando de un permiso por parto, adopción o acollemento tanto preadoptivo como permanente o simple, adopción internacional o excedencia para el cuidad de hijos y familiares poderá participar en las actividades formativas, según establecen los artículos 57.4 y 76 del Decreto legislativo 1/2008, del 13 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de Lei da función pública de Galicia, y la disposición adicional décimo novena, punto trece de la Lei orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

2. Como inscribirse

La inscrición será exclusivamente a través de la página web de la Axencia (acis.sergas.es), accediendo al apartado Mi perfil.

Sólo es necesario juntar certificación de los servicios prestados fuera del Sistema público de saúde de Galicia. La certificación deberá ser remitida a la dirección de la ACIS en los plazos establecidos para el envío de las solicitudes de preinscrición.

3. Plazos de inscrición

El período de inscrición estará abierto desde el 23 de enero de 2018 hasta un mes antes del inicio de cada actividad formativa.

4. Criterios de selección de alumnas/os

Actividades incluídas en el Plan de Formación Continua para el personal del Servizo Galego de Saúde (Plan AFEDAP)

A. Los criterios de selección para participar en las acciones formativas convocadas al abrigo del Plan de Formación Continua para o persoal do Servizo Galego de Saúde (Plan AFEDAP) serán los que a continuación se detallan. En todo caso, se reservará en cada actividad formativa una cuota del 5% para ser cubierta por personas discapacitadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que lo puedan acreditary y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria para cada actividad:

  1. Ser la persona solicitante destinataria de la acción formativa concreta, de conformidad con lo establecido para cada curso.

  2. Una vez aplicado el criterio anterior, de existir más solicitudes que plazas, tendrán prioridad las/los aspirantes que realicen tareas más directamente relacionadas con el contenido básico y objetivos del curso. Con esta finalidad, en la solicitud deberán detallarse las tareas que sean más representativas del puesto de trabajo y que guarden relación específica con los contenidos de la actividad. No se valorarán las funciones que no se indiquen.

  3. Menor número de cursos realizados en los dos años anteriores.

  4. Tendrán prioridad las/los profesionales con vínculo fijo sobre las/los temporales.

  5. Tendrán prioridad las persoas que acrediten mayor tiempo de servicios prestados en el ámbito de instituciones sanitarias de la Unión Europea. La persona solicitante deberá enviar a la dirección de la ACIS, en los plazos establecidos para el envío de las solicitudes de preinscrición, una certificación original o copia compulsada únicamente de los servicios prestados fuera del Sistema público de saúde de Galicia.

  6. En cada uno de los tres puntos anteriores, tendrán preferencia en la selección las/los aspirantes que en los últimos dos años estén utilizando o utilizasen una licencia de maternidad, un permiso de paternidad, una redución de jornada o una excedencia para el cuidado de familiares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Lei 7/2004, del 16 de julio, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Así mismo, tendrán preferencia para participar en los cursos de formación las/los aspirantes que, durante el año anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria, se incorporasen al servizo activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o reingresaran desde la situación de excedencia por razones de guardia legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60.1 de la Lei orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Además, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 bis de la Lei 7/2004, del 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, y con lo establecido en la Lei 2/2007, del 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres y hombres de Galicia, en su disposición adicional 1ª, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega se reservará un 50% de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, que accederán por el turno reservado en el caso de no haber suficientes solicitudes de participación de mujeres.

Actividades incluídas en el Plan estratégico de formación de los trabajadores al servicio de la sanidad pública gallega (PEF)y en el resto de planes

B. Los criterios de selección para participar en las acciones formativas convocadas al abrigo del Plan estratéxico de formación dos traballadores ao servizo da sanidade pública galega (PEF), serán los que a continuación se detallan. En todo caso, se reservará en cada actividad formativa una cuota del 5% para ser cubierta por personas discapacitadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que lo puedan acreditar y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria para cada actividad:

  1. Ser la persona solicitante destinataria de la acción formativa concreta, de conformidad con lo establecido para cada curso.

  2. Una vez aplicado el criterio anterior, de existir más solicitudes que plazas, tendrán prioridad las/los aspirantes que realicen tareas más directamente relacionadas con el contenido básico y objectivos del curso. Con esta finalidad, en la solicitud deberán detallarse las tareas que sean más representativas del puesto de trabajo y que guarden relación específica con los contenidos de la actividad. No se valorarán las funciones que no se indiquen.

  3. Menor número de cursos realizados en los dos años anteriores.

  4. En cada uno de los dos puntos anteriores, tendrán preferencia en la selección las/los aspirantes que en los últimos dos años estén utilizando o utilizasen una licencia de maternidad, un permiso de paternidad, una redución de jornada o una excedencia para el cuidado de familiares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Lei 7/2004, del 16 de julio, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Así mismo, tendrán preferencia para participar en los cursos de formación las/los aspirantes que, durante el año anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria, se incorporasen al servicio activo procedentes deñ permiso de maternidad o paternidad, o reingresasen desde la situación de excedencia por razones de guardia legal y atención a las personas mayores dependientes o personas con discapacidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60.1 de la Lei orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Además, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 bis de la Lei 7/2004, del 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, y con lo establecido en la Lei 2/2007, del 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres y hombres de Galicia, en su disposición adicional 1ª, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega se reservará un 50% de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, que accederán por el turno reservado en el caso de no haber suficientes solicitudes de participación de mujeres.

  5. Por último, de continuar existiendo un número mayor de solicitudes que de plazas, se resolverá por fecha y hora de inscripción.

  6. En el caso de que se anule alguna actividad formativa, la ACIS poderá ofrecerles a las/los admitidas/os en esa actividad su incorporación voluntaria en otra edición de esa misma actividad, siempre que en esta última haya vacantes. En este supuesto, o llamamiento a las/los admitidas/os será por la orden de admisión de la actividad anulada.

5. Publación de los listados de admitidas/os

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la ACIS el listado provisional de admitidas/os y excluídas/os en la acción formativa concreta, así como las causas de su exclusión.

Ademais, se enviará un SMS, a modo de recordatorio, a las/los admitidas/os en cada acción formativa, siempre que se disponga de un número de teléfono móvil en base de datos de la Axencia. Estos mensajes son simplemente informativos y no eximen a las/los aspirantes de consultar la página web de la ACIS.

Las/los aspirantes excluídas/os dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del listado provisional, para poder emendar, el defecto o defectos que motivasen la exclusión y formular las reclamaciones que cuiden pertinentes.

Terminado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas por la ACIS despues del informe de la Comisión Paritaria respectiva, se publicará en la página web de la Axencia el listado definitivo de admitidas/os y excluídas/os con una antelación mínima de cinco días naturales al inicio del curso.

En ningún caso se admitirá la asistencia de personas en la condición de oyentes.

6. Anulación de reserva

Si la/el aspirante seleccionada/o para la realización de una actividad formativa decide no asistir a ella, deberá comunicar su renuncia a través de la página web de la ACIS con una antelación mínima de cuatro días naturales a la fecha fijada para el inicio de la citada actividad.

De no hacerlo así, y excepto motivo justificado basado en causa de fuerza mayor o acontecemiento imprevisible, no será admitido en ninguna otra actividad formativa en el transcurso de los doce meses siguientes.

7. Certificación de asistencia

Las/los profesionais que asistan a las actividades en las que sean admitidas/os tendrán a su disposición la certificación correspondiente y poderán visualizarla en su expedient-e (Fides), validada de forma automática. Se emitirán y se remitirán certificaciones en papel en los casos de que sea solicitado por el interesado, vía correo electrónico (certificacions.acis@sergas.es) justificando el motivo de esta solicitud.

Para tener derecho a la certificación de asistencia, deberá constatarse la asistencia al 90% de las horas lectivas, para el que las personas participantes deberán firmar en los controles de entrada y salida que se establezcan durante el desenvolvimiento de la actividad. Además, en el supuesto de que los cursos exijan la realización de alguna prueba o trabajo, se les expedirá el certificado ínicamente a las/los alumnas/os que la superen.

8. Documentación

La documentación generada en las actividades de formación de la ACIS estará disponible para el alumnado en la biblioteca virtual de la Agencia (Documentación digital de la ACIS). Esto permitirá poder recuperarla en cualquier momento y desde cualquier lugar. Como norma general, no se entregará documentación en papel.

9. Ley orgánica de protección de datos

Lei Orgánica 15/1999, Lei de Protección de Datos de Carácter Persoal. Artículo 10.- El responsable del fichero es quien intervenga en cualquier fase del tratamento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.

En cumplimiento del Artículo 5 de la Lei Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Persoal, le comunicamos que los datos de carácter personal aquí recogidos forman parte de un fichero declarado ante la Agencia Española de Protección de Datos y serán utilizados con la finalidad prevista.

Así mismo, la FEGAS, en virtud de su condición de responsable de los ficheros y segundo señala el Artículo 9 de la citada ley, garantiza adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta de estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Se garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la Escola Galega de Administración Sanitaria Avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37. Edificio CNL. Portal A-B, 1º andar. San Lázaro, 15707 Santiago de Compostela.

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